viernes, 1 de noviembre de 2013

Alimentos caducados vs alimentos de consumo preferente

Según los expertos de Salud Pública, casi el 20% de los europeos, manifiesta serias dudas al hallar la diferencia entre "fecha de caducidad" y de "consumo preferente". Ambos conceptos tienen que ver con la vida útil del producto, pero no son equivalentes en ningún caso.
Así, la fecha de caducidad indica hasta cuándo el alimento es seguro para el consumo, es decir, que una vez pasada la fecha límite, nadie (ni los fabricantes ni las autoridades sanitarias) garantiza su estado. Sin embargo, la FIAB (Federeación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas) explica que no todos los productos caducan, estos son el caso de los quesos, helados, legumbres o congelados, que pueden durar (dependiendo del producto) hasta tres años. Por tanto, estos son los que llevan la etiqueta de "Consumir preferentemente antes de...", texto que indica el momento a partir del cual el producto va perdiendo sus propiedades organolépticas: sabor, aroma y textura, pero aún así no es perjudicial para la salud.

La OCU recomienda que una vez pasada la fecha este producto no se consuma. Sin embargo, explica que si el producto no se va a consumir antes de llegar la fecha de caducidad, se puede congelar, productos como platos precocinados, carnes, pescados, incluso el salmón ahumado. Eso sí, al descongelar estos productos se deben consumir en menos de 24 horas y con cuidado del modo de preparación por riesgo a que haya bacterias patógenas.
En la actualidad, gran número de supermercados y tiendas de alimentación están ofreciendo descuentos o donando estos alimentos tanto a la población como a bancos de alimentos, cuando antes se tiraban más del 78% de estos productos.
Los encargados de fijar la fecha son los fabricantes y los distribuidores, siguiendo siempre lo que establece la ley. Los criterios que toman en consideración en primer lugar son la seguridad microbiológica y otros parámetros como la textura, sabor y aroma. Pero gran número de personas, se plantean si realmente la corta fecha de caducidad de ciertos productos se debe al posible mal estado de los productos o a un supuesto acuerdo económico para aumentar el beneficio.
Sea como sea, a modo de conclusión, recordar que la fecha de caducidad implica que una vez rebasada la fecha impresa en el producto, éste podría ser dañino para nuestra salud. En cambio, la fecha de consumo preferente indica que el producto ya no ofrece la plena calidad que debería ofrecer. Diferencia que debe de quedar clara para que así toda persona sea consciente de su elección.

Un saludo.
Fuentes:
http://www.ocu.org/alimentacion/alimentos/informe/manual-de-uso-de-fechas-de-caducidad-y-consumo-preferente
http://www.mayormente.com/magazine/articulo.cfm?idnoticia=3333&idcategoria=17
http://www.magrama.gob.es/es/prensa/12.12.11%20Estudio%20consumidores%20alimentos%20caducados%20b_tcm7-234658.pdf
http://www.ocu.org/site_images/educar3/seguridad_alimentaria/fechas_caducidad.pdf

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